viernes, 28 de marzo de 2014

Socl: "Where creativity meets"


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¿A quién le gusta crear su propio contenido dentro de Internet? ¿A quién le gusta estar navegando en la red y encontrarse con imágenes? ¿quién se considera creativo y genera su propio contenido? ¿Quién prefiere generar historias o memes a partir de imágenes que ya están en la red?

Cualquiera de las opciones que elijas –a mi parecer– en ambos casos creo que eres autor. Estás creando contenido. Para contextualizar un poco, el derecho de autor: “es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas” (INDAUTOR, 2008).




Es en esta red social que la incertidumbre creció respecto al derecho de autor y el reconocimiento, ya que es una aplicación donde tu creas, coleccionas y  compartes las cosas que amas. Puedes crear collages sobre temas que te gustan (las imágenes o vídeos pueden ser tomados de internet o de producción propia). También puedes crear picotales, las cuales son pequeñas historias, en donde le pones texto a las imágenes, a continuación se muestran unos ejemplos:





En este caso ¿Quién creen que sería el autor o quién merecería el reconocimiento? Es por eso que creo que existe una línea delgada llena de contradicciones y de opiniones opuestas respecto al tema. Ya que no es lo mismo generar una imagen con una herramienta, ya sea cámara y/o digital para compartirla en la red, en comparación con quien utiliza esa misma imagen para modificarla, agregarle texto, combinarla con otra o creando una historia para después volverla a subir a la web.

Es aquí donde comienza la discusión. Me queda claro que las dos partes juegan un rol como autores, los dos están creando contenido –respectivamente–, pero entonces ¿quién poseería los derechos de autor en este caso? ¿quién genera la imagen o quién crea la modificación?

En el caso del collage ¿Quién creen que tenga la autoría? Sí todas la imágenes son del usuario, sería completamente de él. Sin embargo, el usuario puede obtener las imágenes de internet y entonces los propietarios de las imágenes ¿también tienen derecho y son autores del collage?




Por eso creo que actualmente es tan usada la marca de agua, para que tenga tu firma permanente. Sobretodo si la vas a subir a la red, por que es bien sabido que una vez que la publicas para darla a conocer, existe el riesgo de que se utilicen tus imágenes, se reproduzcan y sean modificadas. O también se pueden usar formalidades como sugiere Fernández y Hassan (2003), poner un texto como este: © Azul Maya, 2014, para que no se hagan usos ilícitos de nuestros productos.

Repito que es una línea muy delgada y que siempre estará en conflicto, ya que es subjetiva la expresión personal que se representa mediante un producto (INDAUTOR, 2008). Es una decisión importante, sí yo como creador de contenido (imagen, foto, texto, vídeo, ilustración, etc.) lo decido subir a la red para darle viralidad y que mi trabajo se de a conocer tengo el riesgo de que alguien lo tome como propio, lo manipule y lo reproduzca. No obstante, esto lo puedo hacer con seguridad porque según Fernández y Hassan (2003) el contenido mantiene tu autoría desde el momento de la creación y nos pertenece, entonces ¿lo publico o no? ¿Qué harías tú?


Yo me pongo en las dos posturas, como creador de contenido de una imagen cualquiera, de la cual considero que tengo derecho sobre la misma. Pero sí creo un collage o una picotale también debo de tener crédito por que estoy utilizando mi creatividad. A partir de imágenes que encontré en la red estoy creando otro contenido diferente. Sin embargo entra en conflicto según el Instituto Nacional del derecho de Autor (INDAUTOR) quien dice que, “la naturaleza jurídica de los derechos de autor, obedece a un elemento sustancial, que es la relación que guarda el autor con su obra, que no se puede ser transferida, es perpetua, inalienable, indestructible e imprescriptible” (2008). Vuelvo a preguntar ¿Quién es el autor? ¿Quién merece el reconocimiento de la obra?

Por lo que creo que lo mejor sería que hubiera un punto medio, en donde se puedan hacer colaboraciones y que las dos partes tengan su debido crédito y reconocimiento por el producto. En una situación que sea ganar-ganar. Hacer una contribución de publicidad gratuita por las dos partes y entonces la viralidad será mayor.

¿Y tú? ¿qué piensas? ¿De qué lado estás? ¿Del que genera el contenido o quién crea contenido a partir de contenido? ¿Quién debería ser el autor reconocido?




Artículo académico:
INDAUTOR (2008) ¿Qué es el derecho de autor? Instituto Nacional del derecho de Autor, México. Consultado el 27 de marzo del 2014, en: http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/servicios/download/derechos.pdf



Artículo periodístico:
Fernández, M y Hassan, Y. (2003) Derecho de autor en Internet. Consultado el 27 e marzo en: http://www.nosolousabilidad.com/articulos/da_internet.htm


Anexo:
López, C y Estrada, A. (2007) Edición y derecho de autor. La regulación jurídica en Internet. Consultado el 27 de marzo en: http://www.edicion.unam.mx/html/3_5_1.html


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